De los Deberes y Derecho:
Son deberes de los alumnos:
Asistir a las clases, realizar los trabajos prácticos, seminarios, laboratorios, pasantías y demás actividades docentes previstas en los planes y programas de estudio.
Resguardar y proteger las instalaciones, bienes muebles y útiles en general pertenecientes a la institución.
Respetar y guardar la debida compostura para con el personal directivo, docente, administrativo, y obrero del instituto.
Observar conducta proba, moral y buenas costumbres.
Comunicar cualquier irregularidad en el desarrollo de las actividades académicas, a su Jefe de Escuela y/o a las autoridades del politécnico.
Solicitar a sus profesores de cátedra, el suministro de las asesorías de Evaluaciones de corte, donde les sea explicada los resultados de dicha evaluación (Articulo 13 anterior).
Las demás que le señalen las leyes y reglamentos.
Son derechos de los alumnos:
Recibir la orientación necesaria para su formación técnica.
Recibir debida educación para el desarrollo integral de su personalidad, asi como la formación científica y técnica para el ejercicio profesional.
Los demás que le señalen las leyes y reglamentos.
Titulo VII
Ausencia de los estudiantes a las actividades de evaluación.
Artículo 30: el estudiante que por causa debidamente justificada dejara de realizar una actividad de evaluación sumativa en la fecha prevista tendrá oportunidad en un plazo no mayor de cinco(5) días hábiles de solicitar la realización de dicha actividad en nueva fecha, previa presentación del justificativo ante el profesor o la unidad administrativa correspondiente.
Párrafo único: el profesor o la unidad administrativa correspondiente previo estudio de la solicitud deberá fijar la fecha de realización de la actividad evaluativa en un lapso no mayor a cinco(5) días hábiles, contados a partir de la fecha en que se introdujo dicha solicitud.
Artículo 31: El estudiante que se ausente en una asignatura, proyecto o pasantía, sin haber culminado el semestre, tendrá como calificación definitiva la correspondiente al porcentaje de valoración acumulado en las actividades evaluativas realizadas.
Párrafo Único: El porcentaje de actividades de evaluación a las que hace referencia este articulo dependerá el numero de objetivos terminales previstos, su complejidad e importancia del logro de los objetivos a ser recuperados en la adquisición de las competencias establecidas en el perfil del egresado.
Artículo 32: El estudiante que no hubiere realizado actividad de evaluación sumativa alguna durante el desarrollo del curso, proyecto y pasantía la calificación definitiva será la minima de la escala.